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Ahora está en: Inicio / Planes de emergencia CAT | ESP   21 de Noviembre de 2008
Planes de emergencia y autoprotección

A pesar del esfuerzo preventivo realizado por una empresa, siempre es posible que sucedan incidentes o accidentes con consecuencias imprevistas y que pueden originar daños importantes si no se toman medidas especiales.

Por ello, además de los planes y medidas de prevención, todas las empresas deben disponer deplanes de actuación en caso de emergencia.

A tal efecto, la Ley 31/1995 de 8 de Noviembre sobre Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 20 establece lo siguiente:

El empresario deberá analizar las posibles situaciones de emergencia, y disponer las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento”.

 
¿Qué es un plan de emergencia?
 
Un plan de emergencia abarca la organización de un conjunto de medios humanos y materiales para prevenir o dar respuesta rápida a un incendio o a otros accidentes colectivos graves.
 
El plan de emergencia busca obtener el máximo partido de los recursos disponibles. Para lograrlo, es necesario haber dotado previamente al edificio de la infraestructura de medios materiales y técnicos necesarios, en función de sus características y de la actividad que en él se realiza.
 
Sólo en el momento en que un edificio está correctamente equipado, cabe hablar de la elaboración de un plan de emergencia, si queremos tener la certeza de que será operativo y eficaz. En caso contrario, dispondremos de un documento más o menos correcto, pero ineficaz en su puesta en práctica.
 
Planes de emergencia para determinados edificios

La legislación vigente contempla la obligatoriedad de implantar planes de emergencia en determinados edificios, sea por su actividad, por sus características o por su ocupación.

Estos edificios son los siguientes:

Hospitales.
Centros docentes.
Hoteles, espectáculos y actividades recreativas.
Instalaciones deportivas.
Bares, cafeterías y restaurantes.
Archivos, museos y bibliotecas.
 
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